El derecho a la vida es inviolable
Artículo
37.-de
la constitución dominicana establece. El Derecho a la vida es inviolable desde
la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni
aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte.
El derecho a la vida significa tener la oportunidad de vivir nuestra
propia vida. Si no hay vida, no tiene sentido que existan los demás derechos
fundamentales.
El
derecho a la vida de los niños está compuesto por dos derechos fundamentales:
el derecho inherente a la vida y el derecho a la supervivencia y al desarrollo.
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